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Se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el artículo 75 de la Ley Concursal, y se ha dictado Providencia de fecha 24 de marzo de 2011, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, en el plazo de 10 días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la última publicación general del edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley Concursal que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (artículo 194 y siguientes de la Ley Concursal)".
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La sociedad BECLA, S.L. se encuentra declarada en concurso voluntario abreviado de acreedores en virtud de Auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante en fecha 22 de diciembre de 2010.
En dicho procedimiento concursal ha sido nombrada administradora concursal la letrada Doña Alma María Barber Santamaría con domicilio profesional en la calle Músico Carbonell nº 20 de Alcoy . BECLA, S.L. conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometida en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la administradora concursal mediante autorización o conformidad.
Se informa a los acreedores de que deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal en el plazo de 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación del Auto de declaración de concurso en el BOE
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